°. Distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones destinados a la financiación de la prestación de servicios a la población pobre no asegurada y a las actividades no cubiertas con subsidios a la demanda . Para efectos de la distribución del monto de los recursos del SGP-S descontados los recursos destinados a la financiación del régimen subsidiado y a salud pública, se definirá un porcentaje para la financiación de la prestación de servicios de salud a la población pobre no asegurada, y un porcentaje para la financiación de las actividades no cubiertas con subsidios a la demanda. La participación de los recursos a ser asignados para la prestación de servicios de salud a la población pobre no asegurada se determinará teniendo en cuenta la participación que tenga el total nacional de esta población ajustada por el factor de dispersión poblacional frente al total nacional de esta población ajustada por el factor de dispersión poblacional más la totalidad de los afilados al régimen subsidiado ponderados por el factor NoPOS-S. La participación de recursos a ser asignados para las actividades no cubiertas con subsidios a la demanda se determinará teniendo en cuenta la participación que tenga la población total nacional afilada al régimen subsidiado ponderada por el factor NoPOS-S frente al total nacional de la población pobre no asegurada ajustada por el factor de dispersión poblacional más la totalidad de los afilados al régimen subsidiado ponderados por el factor NoPOS-S.
Decreto 2878 de 2007 →Vigente
Artículo 4
Distribución De Los Recursos Del Sistema General De Participaciones Destinados A La Financiación De La Prestación De Servicios A La Población Pobre No Asegurada Y A Las Actividades No Cubiertas Con Subsidios A La Demanda
Decreto 2878 de 2007 · por el cual se reglamenta parcialmente el literal a) del numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1122 de 2007.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.