Micelio

Artículo 12

Se Consideran Como Maquinas, Y No Como Parte De Éstas, Los Conjuntos Funcionales Aun Desprovistos De Sus Motores O Accesorios, Tales Como Volantes, Placas De Base Soportes, Herramientas, Portaherramientas, Instrumentos De Seguridad O Servicio, Frigería, Etc

Decreto 115 de 1957 · Por el cual se crea la Superintendencia de Importaciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se consideran como maquinas, y no como parte de éstas, los conjuntos funcionales aun desprovistos de sus motores o accesorios, tales como volantes, placas de base soportes, herramientas, portaherramientas, instrumentos de seguridad o servicio, frigería, etc., a condición de que el conjunto de partes tenga las características de una máquina. Las máquinas y aparatos desarmados o que importen en pedidos escalonados, ya sea por una o por varias aduanas, se asimilarán a los que vengan ensamblados, y estarán por consiguiente sujetos a los mismos requisitos establecidos para la importación de las respectivas maquinas o aparatos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 115 de 1957