Micelio

Artículo 1

Ley 130 de 1888 · Que dispone se haga una modificación en un contrato

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° El Gobierno entrará con el Sr. Gonzalo Ramos Ruíz en los arreglos que sean indispensables para modificar el contrato para la construcción de una línea telegráfica entre Popayán y Neiva, que fué aprobado por la Ley 26 de 18 de Febrero de 1888, en el sentido de que dicha línea pase por las poblaciones de Altamira, Santa Librada, El Hato, Pitalito y Paicol y tenga Oficinas en ellas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 130 de 1888