Micelio

Artículo 15

5, Decisiones Esneciales

Decreto 591 de 1977 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, S. A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

5, Decisiones esneciales. No obstante lo previsto en el artículo anterior, será necesaria la obtención de los siguientes quórumes decisorios especiales

a)

Un 70% de las acciones suscritas, para las decisiones indicadas en el literal f) del articulo 13 de estos estatutos y, en general para toda reforma, estatutaria, para emitir acciones ordinarias sin respetar el de1 reoho de preferencia de los accionistas o suscribirlas, modificar las cláusulas relativas a este derecho o para autorizar la readquisición de acciones propias.

b)

La unanimidad de los votos correspondientes a las acciones presentes, para designar los reemplazos en elecciones nes parciales de los miembros de la Junta Directiva y la unanimidad de las acciones suscritas cuando la transformación o la fusión de la sociedad imponga a los accionistas responsabilidades mayores de las contraídas bajo la forma presente;

c)

El 80% de las acciones representadas para capitalizar reservas o repartir dividendos en forma de acciones;

d)

El 70% de las acciones representadas, para incrementar las reservas voluntarias sobre los limites ordinarios y para que la Asamblea extraordinaria de accionistas pueda ocuparse de otros temas, luego de agotado el orden del día previsto y comunicado;

e)

El 75% de las acciones suscritas, para crear y emitir acciones privilegiadas, y

f)

El 51% de los votos de las acciones representadas, para suspender cuantas veces se desee las deliberaciones da la Asamblea. Pero cuando se reanuden, no podrán prolongarse por más cte tres días, si no está representada la totalidad de las acciones suscritas.

Parágrafo

Todos los acuerdos de la Asamblea General sobre reformas estatutarias deberán ser aprobados previamente por la Junta Directiva, requieren para su validez del voto favorable del Ministro de Defensa Nacional o de su Delegado dentro de la Asamblea, como representante de las acciones de la Nación, y la posterior aprobación por decreto del Gobierno Nacional. Sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos legales, también será necesario el voto del mismo Ministro o de su delegado, para la validez de toda colocación de acciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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