Micelio

Artículo 6

Oficina De Auditoría Interna

Decreto 2203 de 1993 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 6° Oficina de Auditoría Interna. Son funciones de la Auditoría Interna las siguientes

1.

Diseñar y establecer con sujeción a la ley, los métodos y procedimientos de control interno aplicables a la Policía Nacional.

2.

Asesorar a la Dirección General de la Policía Nacional, para el desarrollo del control interno en todas y cada una de las dependencias.

3.

Evaluar el desempeño de los sistemas de control interno que se hayan establecido en la Policía Nacional, y presentar los informes correspondientes, con el fin de elevar los niveles de eficiencia y eficacia.

4.

Practicar auditorías internas selectivas en la Policía Nacional.

5.

Evaluar en forma independiente, dentro de la organización, las operaciones, actividades y procesos financieros.

6.

Elaborar y presentar informes del resultado de las auditorías selectivas, así como, los de evaluación incluyendo los comentarios, conclusiones y recomendaciones sobre los procedimientos y actividades de la administración.

7.

Comunicar a la autoridad competente, inmediatamente se compruebe cualquier hecho que vaya en contra de las normas o de las políticas administrativas que regulen la administración de los recursos asignados para cumplir los objetivos propuestos.

8.

Velar por la difusión y el cumplimiento de las normas de control interno.

9.

Establecer y llevar a cabo un programa integral para efectuar el seguimiento a las recomendaciones que se hayan formulado sobre el control interno.

10.

Evaluar periódicamente y en forma selectiva, mediante la práctica de auditorías integrales o parciales el cumplimiento de los objetivos propuestos, en coordinación con el Comisionado Nacional.

11.

Programar periódicamente cursos de capacitación al personal en las áreas de control y auditoría interna.

12.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2203 de 1993