La partida a que se refiere el artículo anterior será incluida en la próxima y en las subsiguientes vigencias del Presupuesto Nacional, y en caso de no hacerlo se faculta al Gobierno para hacer en cualquier tiempo los correspondientes traslados presupuéstales o abrir los créditos que sean necesarios a fin que tenga cumplido efecto esta Ley.
Ley 121 de 1963 →Vigente
Artículo 3
Ley 121 de 1963 · Por la cual se reconoce la categoría de Academia al Centro de Historia del Cauca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.