° La Caja de Protección Social de la Policía Nacional tendrá a su cargo el reconocimiento y pago de todas las prestaciones económicas a que tenga derecho, a partir del primero (1°) de enero del año en curso, el personal perteneciente a la Policía Militar.
Decreto 2276 de 1952 →Vigente
Artículo 2
La Caja De Protección Social De La Policía Nacional Tendrá A Su Cargo El Reconocimiento Y Pago De Todas Las Prestaciones Económicas A Que Tenga Derecho, A Partir Del Primero (1°) De Enero Del Año En Curso, El Personal Perteneciente A La Policía Militar
Decreto 2276 de 1952 · Por el cual se modifica el aporte de la Nación para la Caja de Protección Social de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.