Ministerio de Correos y Telégrafos.
Gastos Varios.
Artículo 1536. Para atender a la compra de estampillas de sobretasa postal y telegráfica al Banco Central Hipotecario, cuyo valor, según contrato, debe destinarse al servicio de amortización, intereses, comisiones y otros gastos de los empréstitos contratados con el mismo Banco, y con la Caja Colombiana de Ahorros con destino a la construcción del Palacio de Comunicaciones