Para dar cumplimiento a la obligación establecida por esta ley en forma autónoma por el numeral a) del artículo tercero, el contribuyente deberá obtener previamente autorización expresa de la Junta Departamental de la Vivienda Popular, y someter a la aprobación de ella los planos de construcción y el proyecto de financiación de viviendas que adopte.
Ley 85 de 1946 →Derogado
Artículo 6
Ley 85 de 1946 · Por la cual se provee a la financiación de viviendas para los trabajadores
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.