°. Bonificación judicial . Ajustar la bonificación judicial creada en el Decreto número 384 de 2013 para los servidores públicos de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y las Direcciones Seccionales de la Rama Judicial, la cual se reconoce mensualmente y constituye únicamente factor salarial para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud. La bonificación judicial se reconocerá a partir del 1° de enero de 2019, se percibirá mensualmente, mientras el servidor público permanezca vinculado al servicio y corresponde para cada año, al valor que se fija en la siguiente tabla, así: GRADO MONTO DE LA BONIFICACIÓN JUDICIAL A PA- GAR MENSUALMENTE AÑO 2019 1 461.837 2 536.102 3 598.437 4 634.562 5 1.346.410 6 1.566.314 7 1.581.694 8 1.596.904 9 1.679.624 10 2.422.591 11 2.434.419 12 2.653.318 13 2.891.405 14 2.938.413 15 3.016.223 16 3.093.857 17 3.134.528 18 2.951.698 19 3.010.514 20 3.052.415
Para el año 2019 la bonificación judicial se ajustó en los términos consagrados en el
del artículo 1° del Decreto número 384 de 2013.