El extranjero podrá solicitar la extensión de la nacionalidad a sus hijos extranjeros menores de edad que se encuentren domiciliados en el territorio colombiano y sean titulares de visa de residente en calidad de beneficiarios.
La solicitud de extensión de la naturalización se suscribirá únicamente por quienes ejerzan la patria potestad del menor de conformidad con la Ley colombiana.
. La extensión de la nacionalidad colombiana deberá presentarse con la solicitud de la naturalización, en razón a que esta condición debe estar contenida en el acto administrativo que autoriza la naturalización del extranjero quien ejerza la patria potestad del menor.
Al momento de proferir la carta de naturalización, el hijo del extranjero deberá continuar siendo menor de edad.