º. Habilítase la Administración de Correos de Apia-Caldas-para el servicio de giros postales, a partir del primero de agosto del año en curso, con base de cien pesos ($ 100) para las operaciones mensuales. Comuníquese y publíquese
Decreto 1086 de 1915 →Vigente
Artículo 2
Habilítase La Administración De Correos De Apia-Caldas-Para El Servicio De Giros Postales, A Partir Del Primero De Agosto Del Año En Curso, Con Base De Cien Pesos ($ 100) Para Las Operaciones Mensuales
Decreto 1086 de 1915 · Por el cual se hace un nombramiento y se habilita una Oficina para el servicio de giros postales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.