Derechos de la oposición. Adiciónase el artículo 112 de la Constitución Política con el siguiente inciso: El candidato derrotado en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales y aquellos candidatos que hubieren obtenido cuando menos el veinte por ciento (20%) de la votación en la primera vuelta, tendrán derecho a participar con voz en todos los debates que se adelanten en el Congreso de la República durante el período constitucional inmediatamente siguiente al de las elecciones y podrán promover debates y proponer las citaciones de los Ministros del despacho y demás funcionarios en los términos que defina la ley.
Decreto 244 de 1999 →Vigente
Artículo 18
Decreto 244 de 1999 · por el cual se ordena la publicación del Proyecto de Acto Legislativo "Sobre la Reforma de la Política Colombiana e Instrumentos para la Paz"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.