Micelio

Artículo 2

El Plan De Estudios De Los Institutos De Educación Media Diversificada Establecida En El Decreto 1962 Comprenderá Dos Núcleos De Asignaturas: Un Núcleo Común De Formación General, Llamado Asignaturas Comunes, Obligatorio Para Todos Los Estudiantes; Otro Núcleo Formado Por Asignaturas Vocacionales Correspondientes A Las Ramas Y Modalidades Existentes En Cada Inem; Obligatorias Para Los Alumno De La Ramo Correspondiente

Decreto 1085 de 1971 · Por el cual se fija el plan de estudios en los Institutos Nacionales de Educación Media Diversificada.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El plan de estudios de los Institutos de educación Media Diversificada establecida en el Decreto 1962 comprenderá dos núcleos de asignaturas: un núcleo común de formación general, llamado Asignaturas Comunes, obligatorio para todos los estudiantes; otro núcleo formado por asignaturas vocacionales correspondientes a las Ramas y Modalidades existentes en cada INEM; obligatorias para los alumno de la ramo correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1085 de 1971