Artículo doce. Los seguros de accidentes de pasajeros y de responsabilidad civil extracontractual, en cuanto a sus riesgos y montos, no exoneran a las empresas de transporte ni a los conductores de vehículos de las responsabilidades penales y civiles en que incurran. Las empresas y los propietarios de vehículos o quienes tengan su administración pueden tomar seguros y montos adiciones a los establecidos.
Decreto 1285 de 1973 →Vigente
Artículo 12
Decreto 1285 de 1973 · Por el cual se reglamentan los seguros de Accidentes de pasajeros y de Responsabilidad Civil extracontractual en Transporte Terrestre Automotor
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.