Micelio

Artículo 1

Decreto 2125 de 1973 · Por el cual se modifica la composición de la Junta Directiva del Fondo Rotatorio Intendencial de Licores del Caquetá y se designan algunas disposiciones sobre su funcionamiento

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero La Junta Directiva del Fondo Rotatorio Intendencial de Licrores del Caqueta estara integrada asi: Por el Intendente Nacional Del Caqueta quien la presidira por dos (2) miembros del Gobierno Intendencial, nombrados por el Intendente. Por dos (2) representantes del Consejo Intendencial. elegidos por este con sus resectivos suplentes, para periodos de dos (2) años, y Por el Director General de Intendencias y Comisarias con su resectivo suplente quien debera tener domicilio en la ciudad de Florencia.

Parágrafo 1

Como Secretario de la Junta actuara el asesor juridico de la Intendencia.

Parágrafo transitorio

Mientras el Consejo Intendencial hace eleccion de sus represantes para el resto del peridodo actuaran en la junta del presidente y el vicepresidente de la corporacion.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2125 de 1973