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Artículo 13

Funciones De La Dirección General De Planeación Y Análisis De Política

Decreto 205 de 2003 · por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica y las funciones del Ministerio de la Protección Social y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección General de Planeación y Análisis de Política . La Dirección General de Planeación y Análisis de Política cumplirá las siguientes funciones

1.

Definir los lineamientos de gestión que orientan la planeación, regulación, información, comunicación, apoyo territorial y seguimiento de los planes, programas y proyectos del Sector.

2.

Definir los estándares de datos del sistema de información acorde con la normatividad del Sector.

3.

Diseñar, desarrollar y administrar, en coordinación con las entidades del sector, un sistema integrado de información y estadísticas en materia de empleo, trabajo, Seguridad Social Integral y Sistema de Protección.

4.

Establecer los criterios para la focalización y la construcción de indicadores de vulnerabilidad para las poblaciones en riesgo.

5.

Consolidar los planes, programas y proyectos destinados a la ejecución de estrategias para la socialización de los riesgos que implican los cambios económicos y sociales; emitir conceptos y someterlos, previa aprobación del Ministro, al Departamento Nacional de Planeación para su incorporación en los planes generales de desarrollo.

6.

Participar y coordinar con las entidades adscritas y vinculadas en la definición y consolidación de programas y proyectos y, conceptuar sobre su inclusión en el Plan Operativo Anual de Inversiones.

7.

Asesorar al Viceministro Técnico en la formulación de las políticas, planes y programas para el fomento de la descentralización política, administrativa y financiera del sector.

8.

Definir las políticas, planes y programas necesarios para promover la participación de la comunidad en los Sistemas General de Seguridad Social Integral y de Protección Social y su implementación en coordinación con las entidades territoriales y las direcciones generales del Ministerio.

9.

Asesorar a los departamentos y distritos en el desarrollo de la descentralización, y prestarles asistencia y apoyo técnico para el fortalecimiento territorial en la administración de los asuntos relacionados con el Sector.

10.

Realizar las acciones de asistencia técnica a las Entidades Territoriales e instituciones del Sector en los componentes del sistema de información que garanticen el adecuado funcionamiento y flujo del mismo.

11.

Realizar los estudios económicos, sociales y financieros destinados a sustentar la política gubernamental relacionada con los Sistemas de Seguridad Social Integral, Protección Social, empleo, protección y desarrollo de la familia y la sociedad.

12.

Administrar los sistemas de información, cómputo y registro del Ministerio, adelantando las acciones necesarias de soporte tecnológico para su permanente actualización, mantenimiento y seguridad.

13.

Preparar y elaborar los boletines estadísticos, de información y de indicadores de seguimiento y evaluación de la gestión del sector.

14.

Realizar la interventoría técnica y la auditoría a los proyectos de sistemas de información.

15.

Evaluar la ejecución de los planes, programas y proyectos de inversión de las entidades del sector y proponer los correctivos necesarios.

16.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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