Para el establecimiento de las políticas de riesgo, las entidades deberán considerar, como mínimo, los siguientes riesgos
a)
De depositarios de recursos públicos y de crédito de emisores;
b)
De contraparte;
c)
Administrativos;
d)
De mercado.
Decreto 538 de 2008 · por el cual se dictan normas relacionadas con la inversión de los recursos de las entidades estatales del orden nacional y territorial.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Para el establecimiento de las políticas de riesgo, las entidades deberán considerar, como mínimo, los siguientes riesgos
De depositarios de recursos públicos y de crédito de emisores;
De contraparte;
Administrativos;
De mercado.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.