Micelio

Artículo 85

Notificación Personal De Providencias

Ley 1264 de 2008 · Por medio de la cual se adopta el Código de Etica de los Técnicos Electricistas y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Notificación personal de providencias. Se notificarán personalmente al técnico electricista o a su apoderado, la resolución inhibitoria, la de apertura de investigación, la de formulación de cargos y el fallo.

Si en el caso previsto en el inciso anterior no fuere posible hacer la notificación personal, previa constancia secretarial, las resoluciones se notificarán por estado que permanecerá fijado en la Secretaría del Consejo Nacional de Técnicos Electricistas o del Comité Seccional, según el caso durante cinco (5) días hábiles y los fallos por edicto que permanecerá fijado en la cartelera del Consejo Nacional de Técnicos Electricistas durante diez (10) días hábiles.

Son aplicables al proceso ético las disposiciones sobre notificación en estrados y por conducta concluyente.

Cuando la persona que deba notificarse no residiere en el lugar en el que se adelante el proceso, la notificación se hará por medio de un funcionario comisionado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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