Artículo segundo. Para el mejor y más efectivo cumplimiento de su cometido, el "Comité General del Plan Hospitalario Nacional" contará con un Subcomité de Trabajo que funcionará permanentemente asesorando a la División de Asistencia Pública del Ministerio de Salud, y el cual estará integrado por
El Jefe de la División de Asistencia Pública del Ministerio de Salud.
El Jefe de la Sección de Planeación de Entidades Asistenciales de la misma División.
El Secretario Ejecutivo del Comité de Acreditación de Hospitales de la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina.
Un representante de la Asociación Colombiana de Hospitales.
El Jefe de la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación del Ministerio de Salud Pública.