En el presupuesto de gastos solo se podrán incluir autorizaciones de gasto que correspondan a:
Las normas contenidas en la presente ley que organizan los órganos, entidades y fondos que forman parte del Sistema General de Regalías;
Las destinadas a dar cumplimiento a los proyectos de inversión a ser financiados con los recursos del Sistema General de Regalías;
Las participaciones de las entidades receptoras de asignaciones directas de regalías y compensaciones;
Las destinadas a la vigilancia y control fiscales de acuerdo con lo previsto en la presente ley;
Créditos judicialmente reconocidos.