División de litorales a investigaciones marinas . Corresponde a la División de litorales e investigaciones marinas
Ejecutar las políticas que en materia de investigación oceanográfica adopte la Dirección General.
Programar y controlar todas las investigaciones oceanográficas en aguas jurisdiccionales en coordinación con las entidades públicas y privadas.
Programar y utilizar en forma óptima la ayuda finan ciera y la asistencia técnica interna o externa destinada a realizar programas de investigación científica marina.
Coordinar con otras entidades el apoyo necesario a las labores hidrográficas para la elaboración de la Cartografía Náutica Nacional.
Proponer al Director la adopción de políticas técnicas y científicas para el desarrollo de la Investigación Oceanográfica.
Recopilar y divulgar la información obtenida en los cruceros y los estudios científicos marinos efectuados por las entidades nacionales e internacionales.
Planear y supervisar los trabajos de levantamiento hidrográficos, oceanográficos, estudios, publicaciones y proyectos que deba realizar la Dirección General.
Atender las labores de planeación, instalación, construcción, administración, mantenimiento y operación del material y equipos de señalización marítima.
Coordinar las labores docentes y de entrenamiento que en el campo de la oceanografía e hidrografía realicen las personas o instituciones colombianas públicas o privadas.
Proponer al Director General la adopción de políticas y técnicas para el manejo, control y la administración de la zona costera.
Las demás que le señalen la ley y los reglamentos.