Micelio

Artículo 3

Decreto 196 de 1980 · Por los cuales se aprueban unos acuerdos del Comité Nacional de Cafeteros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . Facultar a la Gerencia de la Federación Nacional de Cafeteros para que con sujeción de las disponibilidades de Tesorería del Fondo Nacional del Café y siempre y cuando que éstas lo permitan efectúe la suscripción y el pago de dichas acciones en las siguientes cuantías y oportunidades: entre ciento cincuenta millones y doscientos millones de pesos ($ 150.000.000.00) y ($ 200.000.000.00) moneda corriente, en el mes de enero de 1980 y el saldo por partes iguales en los meses de febrero, marzo, abril, mayo y junio del mismo año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 196 de 1980