º Decláranse vigentes para Colombia desde el 5 de noviembre de 1945, la Carta de las Naciones Unidas y el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia cuyos textos son los siguientes: Carta de las Naciones Unidas. Nosotros, los pueblos de las Naciones Unidas, resueltos: A preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, que dos veces durante nuestra vida ha infligido a la humanidad sufrimientos indecibles A reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y de las naciones grandes y pequeñas; A crear condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a la obligaciones emanadas de los tratados, y de otras fuentes del Derecho Internacional; A promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad, y con tales finalidades A practicar la tolerancia, y a convivir en paz como buenos vecinos; A unir nuestras fuerzas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales; A asegurar, mediante la aceptación de principios y la adopción de métodos, que no se usara la fuerza armada sino en servicio del interés común, y A emplear un mecanismo internacional para promover el progreso económico y social de todos los pueblos, hemos decidido unir nuestros esfuerzos para realizar estos designios. Por lo tanto nuestros respectivos gobiernos, por medio de representantes reunidos en la ciudad de San Francisco que han exhibido sus plenos poderes, encontrados en buena y debida forma, han convenido en la presente carta de las Naciones Unidas, y por este acto establecen una organización internacional que se denominará las Naciones Unidas. CAPITULO I Propósitos y principios.
Decreto 861 de 1946 →Vigente
Artículo 1
Decláranse Vigentes Para Colombia Desde El 5 De Noviembre De 1945, La Carta De Las Naciones Unidas Y El Estatuto De La Corte Internacional De Justicia Cuyos Textos Son Los Siguientes: Carta De Las Naciones Unidas
Decreto 861 de 1946 · Por el cual se promulgan unos pactos internacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.