Micelio

Artículo 150

Cuando El Agente Del Ministerio Público Es El Recurrente Y Ha Formulado Demanda, Una Vez Que Devuelva El Proceso, Se Ordenará Si Es El Caso, El Traslado A Las Otras Partes, Previsto En El Artículo Anterior

Decreto 2900 de 1953 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre Justicia Penal Militar

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando el Agente del Ministerio Público es el recurrente y ha formulado demanda, una vez que devuelva el proceso, se ordenará si es el caso, el traslado a las otras partes, previsto en el artículo anterior.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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