Micelio

Artículo 1

Decreto 1187 de 1955 · Que incluye una mercancía en Grupo Preferencial y modifica el Arancel de Aduanas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, las mercancías denominadas y comprendidas en la Posición del Arancel de Aduanas que le indica a continuación, quedan incluidas como "Mercancías del Grupo Preferencial", y regirá respecto a las mismas la siguiente modificación del Arancel de Aduanas. Posición Gravamen. 83-2). Semillas de algodón. Libre

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1187 de 1955