La pena es de seis a doce años de presidio y de mil a cinco mil pesos de multa, si la revelación de los secretos de que trata el artículo 162, da lugar a que se interrumpan o turben las relaciones amistosas de Colombia con otra nación.
Ley 3 de 1945 →Vigente
Artículo 174
Ley 3 de 1945 · LEY 3 DE 1945, 19/02/1945, Sobre código de justicia penal militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.