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Artículo 2

Hácense Los Siguientes Contracréditos Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1971: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Capítulo 141 Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Programa 171 Pago De Pasivos Exigibles (Recursos Ordinarios) Artículo 1552

Decreto 2550 de 1971 · Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos, se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público-Deuda Pública Nacional, de Salud, de Educación Nacional y de Obras Públicas), por $ 38.229.910.00

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Presupuesto de Funcionamiento Ministerio de Hacienda y Crédito Público Capítulo 141 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Programa 171 Pago de pasivos exigibles (Recursos ordinarios) Artículo 1552. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de la cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación de la vigencia fiscal de 1969, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad número 13 de 1971 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto $ 7.631.761 b) Otros Ministerios $ 7.631.161 Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Deuda pública Nacional- Capítulo 161 Dirección General de Crédito Público Programa 181 Deuda Externa Documentos a la Orden y Convenios Contractuales Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. Crédito 550-CO 510 Artículo 1613. Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento de Washington, de acuerdo con el contrato de 25 de julio de 1968, celebrado entre la República de Colombia y dicho Banco, para financiar el 5.° Proyecto de Carreteras, consistente en construcción, reconstrucción, pavimentación, construcción de puentes y otros estudios, en virtud de las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por las Leyes números 123 de 1959, 9.ª de 1962, 12 de 1965, 26 de 1967 y el Decreto 2023 de 1968, así: 302 503 1.° Intereses $ 19.867.500 303 505 2. o Comisiones y gastos 20.000 De los cuales se utilizan para este contracrédito $ 1.515.200 Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. Crédito 552-CO 510 Artículo 1614. Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento de Washington, de acuerdo con el contrato de julio 31 de 1968, celebrado entre la República de Colombia y dicho Banco, para financiar un programa de construcción de aulas para educación media, en virtud de las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por las Leyes 123 de 1959, 9.ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1967 y el Decreto 2053 de 1968, así: 302 503 1.° Intereses 8.787.500 303 505 2.° Comisiones y gastos 24.500 De los cuales se utilizan para este contracrédito 2.000.000 Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. Crédito 680-CO 510 Artículo 1617. Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacio­nal de Reconstrucción y Fomento de Washington, de acuerdo con el contrato de junio 4 de 1970, celebrado entre la República de Colombia y dicho Banco., para financiar la- construcción del puente sobre el río Magdalena, Barranquilla y un Plan Vial de Carreteras, en virtud de las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por las Leyes 123 de 1959, 9.ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1967, así: 302 503 1.° Intereses $ 20.720.000 303 505 2.° Comisiones y gastos. 20.000 De los cuales se utilizan para este contracrédito 9.000.000 Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento Crédito 679-CO 510 Artículo 1618. Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento de Washington, para financiar un programa de construcción de aulas para educación media, de acuerdo con el contrato de junio 4 de 1970, celebrado entre la. República de Colombia y el citado Banco, en virtud de las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por las Leyes 123 de 1959, 9.ª de 1962, 12 de 1965 y 26 de 1961, así: 302 503 1.° Intereses 8.417.500 303 505 2.° Comisiones y gastos 15.000 De los cuales se utilizan para este contracrédito 4.000.00< Suman los contracréditos $ 24.146.961 Resumen: Créditos a las rentas 14.082.949 Contracréditos a los gastos 24.146.961 Total de los Recursos. $ 38.229.910

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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