Micelio

Artículo 6

Recursos De La Asignación Para La Ciencia, Tecnología E Innovación

Decreto 1414 de 2026 · Por el cual se adoptan medidas transitorias relacionadas con los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado mediante el Decreto 1261 de 2026, modificado por el Decreto 1348 de 2026

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación podrán ajustar el Plan Bienal de Convocatorias del bienio 2025-2026 para incorporar una o más convocatorias para la presentación de proyectos con cargo a la Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación, que contemplen actividades de ciencia, tecnología e innovación y respondan oportunamente a las demandas territoriales derivadas por la Emergencia Económica Social y Ecológica declarada por el Gobierno nacional.

El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación deberá publicar los términos de referencia de las convocatorias dentro de los veinte (20) días siguientes a la expedición del presente decreto, y propenderán porque las reglas, condiciones objetivas de participación y criterios de selección para la conformación de la lista de proyectos elegibles que atienda las demandas territoriales derivadas de la Emergencia y permitan la gestión urgente, eficaz e inmediata de los proyectos de inversión que tengan por objeto hacer frente a los hechos que la originaron y mitigar sus efectos. sin suprimir el carácter público, abierto y competitivo de las convocatorias, alterar las competencias legales del Órgano Colegiado de Administración y Decisión de Ciencia, Tecnología e Innovación -OCAD de CTel-, eliminar la evaluación técnica, ni exceptuar el régimen presupuestal previsto en el ordenamiento jurídico.

Parágrafo

Los proyectos de inversión que se presenten con cargo a la Asignación para la Ciencia, Tecnología e Innovación podrán no estar incluidos en las demandas territoriales expresadas en los ejercicios de planeación o que hayan sido incorporadas con anterioridad al Plan Bienal de Convocatorias. El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación yel Departamento Nacional de Planeación podrán articularse con los Ministerios o Departamentos Administrativos líderes de sector, para incorporar en la respectiva convocatoria las nuevas demandas territoriales para la atención de la emergencia. Para el efecto se sustentarán en reportes oficiales de afectación y diagnósticos técnicos sectoriales que tengan relación directa y espeCífica con la emergencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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