Micelio

Artículo 7

Ley 31 de 1917 · “sobre enseñanza técnica industrial, que adiciona la ley 32 de 1911.”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno procederá a fundar en Quibdo, para que empiece a funcionar durante el próximo año escolar, una Escuela Nacional de Artes y Oficios.

Parágrafo

Para el cumplimiento de esta disposición, se destina la suma de ocho mil pesos ($8.000) anuales que se incluirán en el Presupuesto de gastos de cada vigencia económica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1917