Autorícese al Gobierno nacional y al Congreso de la República para rendir honores públicos al expresidente de Colombia, José María Rojas Garrido, en acto especial y protocolario, en el municipio de Neiva, Huila, el día 6 de septiembre, fecha en la que se conmemora el bicentenario de su natalicio.
El acto protocolario contará con la presencia de altos funcionarios del Gobierno nacional, miembros del Congreso de la República y demás autoridades locales y regionales.
. La copia de la presente ley será entregada al gobierno departamental del Huila y al gobierno municipal de El Agrado, Huila, en letra de estilo y en el acto especial y protocolario de que trata el presente artículo.
. El Congreso de la República otorgará la máxima condecoración póstuma a la vida y obra del expresidente de Colombia, José María Rojas Garrido, por sus contribuciones en la defensa de los ideales democráticos y la construcción de país, la cual será entregada a la Alcaldía de El Agrado, Huila, en el acto especial y protocolario de que trata el presente artículo.