Micelio

Artículo 3

Para Desempeñar Los Empleos Correspondientes Al Área Técnico-Científica, Se Requiere Tener Título Profesional En Una De Las Carreras Universitarias Relacionadas Con Las Actividades Investigativas Del Instituto Nacional De Investigaciones Geológico-Mineras, Ingeominas Y Reunir Los Requisitos Que Exige La Ley Para Ejercer La Respectiva Profesión

Decreto 319 de 1981 · por el cual se fija la escala de remuneración para los empleos del área Técnico-Científica del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras, INGEOMINAS y se dictan otras disposiciones..

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para desempeñar los empleos correspondientes al área Técnico-Científica, se requiere tener título profesional en una de las carreras universitarias relacionadas con las actividades investigativas del Instituto Nacional de Investigaciones Geológico-Mineras, INGEOMINAS y reunir los requisitos que exige la ley para ejercer la respectiva profesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 319 de 1981