Micelio

Artículo 2.3.1.4.1.12

Funciones De Los Comandantes De Distrito Militar En La Armada Nacional Y En La Fuerza Aérea Colombina

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de los Comandantes de Distrito Militar en la Armada Nacional y en la Fuerza Aérea Colombina. Sin perjuicio de las funciones atribuidas por otras normas legales y reglamentarias, los Comandantes de Distrito Militar en la Armada Nacional y en la Fuerza Aérea Colombiana, tendrán las siguientes funciones:

1.

Adelantar el procedimiento de reclutamiento de los conscriptos aptos para la prestación del servicio militar, con el fin de contar con el potencial humano re­querido para el cumplimiento de la misión constitucional.

2.

Mantener contacto periódicamente con las autoridades militares, policiales, ci­viles, entidades públicas y privadas de su jurisdicción, con el fin de dar a cono­cer el proceso de reclutamiento de ciudadanos.

3.

Ejecutar el Plan emitido por la Dirección de Reclutamiento y Control Reservas de cada Fuerza, para mantener el control sobre las reservas de su jurisdicción.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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