Micelio

Artículo 2.3.1.4.1.12

Funciones De Los Comandantes De Distrito Militar En La Armada Nacional Y En La Fuerza Aérea Colombina

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de los Comandantes de Distrito Militar en la Armada Nacional y en la Fuerza Aérea Colombina. Sin perjuicio de las funciones atribuidas por otras normas legales y reglamentarias, los Comandantes de Distrito Militar en la Armada Nacional y en la Fuerza Aérea Colombiana, tendrán las siguientes funciones:

1.

Adelantar el procedimiento de reclutamiento de los conscriptos aptos para la prestación del servicio militar, con el fin de contar con el potencial humano re­querido para el cumplimiento de la misión constitucional.

2.

Mantener contacto periódicamente con las autoridades militares, policiales, ci­viles, entidades públicas y privadas de su jurisdicción, con el fin de dar a cono­cer el proceso de reclutamiento de ciudadanos.

3.

Ejecutar el Plan emitido por la Dirección de Reclutamiento y Control Reservas de cada Fuerza, para mantener el control sobre las reservas de su jurisdicción.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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