º . Atención de obligaciones. Las obligaciones a cargo de la sociedad que estuvieran previamente pormenorizadas en el inventario de la liquidación y que hayan sido aprobadas, se cancelarán con el producto de las enajenaciones o mediante la afectación de los ingresos y rentas futuras de la sociedad en los términos y condiciones que aquí se señalan y, en lo no previsto en este decreto, en los términos y condiciones previstos en las normas aplicables. En todo caso el pago de las obligaciones se hará observando las disposiciones legales sobre prelación de créditos.
Decreto 520 de 2003 →Vigente
Artículo 7
Decreto 520 de 2003 · por el cual se dispone la disolución y liquidación de Carbones de Colombia S. A., Carbocol, Empresa Industrial y Comercial del Estado.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.