Decreto 2063 de 2018 · por el cual se modifican los artículos 2.2.4.1.1.6., 2.2.4.1.1.10., 2.2.4.1.2.1., 2.2.4.1.2.2., 2.2.4.1.2.3., 2.2.4.1.2.4. y 2.2.4.1.3.4. del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto número 1074 de 2015.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° . Modifícase el artículo 2.2.4.1.2.3. del Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, Decreto número 1074 de 2015, el cual quedará así: “Artículo 2.2.4.1.2.3. De la actualización del Registro Nacional de Turismo . En el período de actualización y cuando se presenten mutaciones en cuanto al prestador de servicios turísticos, se modificará la información prevista en el artículo 2.2.4.1.2.2. del presente Decreto.
Parágrafo
Cuando la información prevista en el artículo 2.2.4.1.2.2. del presente Decreto no haya sufrido modificaciones, el prestador de servicios turísticos procederá a su ratificación en el formulario electrónico de las cámaras de comercio, para efectos del período de actualización del Registro Nacional de Turismo ”.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.