En El Mes De Marzo De 2013 Las Entidades Promotoras De Salud (Eps), Y Demás Entidades Obligadas A Compensar (Eoc), Presentarán El Segundo Proceso De Compensación Conforme A Las Reglas Previstas En El Decreto Número 2280 De 2004 El Día 16 Hábil Del Mismo Mes
Decreto 485 de 2013 · por el cual se establecen excepcionalmente para el mes de marzo de 2013, las fechas para la presentación de la declaración de giro y compensación de que trata el Decreto número 2280 de 2004.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. En el mes de marzo de 2013 las Entidades Promotoras de Salud (EPS), y demás Entidades Obligadas a Compensar (EOC), presentarán el segundo proceso de compensación conforme a las reglas previstas en el Decreto número 2280 de 2004 el día 16 hábil del mismo mes.
Parágrafo
No habrá lugar a la presentación de declaraciones de corrección de que trata el artículo 13 del Decreto número 2280 de 2004 para el mes de marzo de 2013.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.