Micelio

Artículo 12

Ley 100 de 1946 · Por la cual se reforma la ley 2ª de 1945 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados civiles y los obreros del ramo de Guerra al retirarse voluntariamente del servicio o ser retirados por el Gobierno, exceptuando la causal de mala conducta, tienen derecho a las prestaciones sociales que les corresponden de acuerdo con su tiempo de servicio. Si no fueren jubilados, a más de cesantía, tienen derecho a retirar los aportes que hubieran hecho a la Caja de Pre­visión Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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