Micelio

Artículo 80

Decreto 1000 de 1986 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La tarjeta de turismo o con automóvil deberá contener, además de los datos que figuran en la tarjeta de turismo de que trata la Sección anterior, los siguientes: Nombre del propietario, características del vehículo, compañía aseguradora y número de la póliza de seguros que cubra daños a terceros dentro del territorio nacional y una leyenda en que se diga que el vehículo no podrá enajenarse a ningún título dentro del territorio nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1000 de 1986