Funcionarán En El Ministerio Los Siguientes Comités De Coordinación: A) Comité De Coordinación Integrado Por El Director Del Ministerio, Los Jefes De Las Divisiones Técnica Y Administrativa, Y El Jefe De La Oficina De Investigaciones Económicas; B) Comités De Coordinación Integrados Por El Jefe De Cada Una De Las Divisiones, Con Los Respectivos Jefes De Sección
Decreto 1636 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Minas y Petróleos, y se determinan sus funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Funcionarán en el Ministerio los siguientes Comités de Coordinación
a)
Comité de Coordinación integrado por el Director del Ministerio, los Jefes de las Divisiones Técnica y Administrativa, y el Jefe de la Oficina de Investigaciones Económicas;
b)
Comités de Coordinación integrados por el Jefe de cada una de las Divisiones, con los respectivos Jefes de Sección.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.