º Continuarán al servicio de los Ministerios los automóviles que a continuación se expresan; Ministerio de. Obras Públicas . 0006. Director del Departamento de Sanidad. 0119. Jefe tic Pavimentación del Departamento de Carreteras Nacionales. 0045. Consejo Nacional de Vías «le Comunicación. 0040. Para el Director del Departamento de Navegación. 0068. Auditor Fiscal de Obras Públicas. 0l59. Servicio General del Ministerio. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 0027. Director Jefe de Presupuesto y Contabilidad. 184. Departamento Nacional de Provisiones (Director). Automóvil para el Administrador de la Aduana de Buenaventura. Automóvil para el Administrador de la Aduana de Barranquilla. Automóvil tiara el Capitán de! puerto de Barranquilla. Automóvil para el Capitán del aeropuerto de Barranquilla. Departamento de Contraloría , 0022. Contralor General de la República. Ministerio destilaciones Exteriores . 0240. Oficina de Protocolo. Ministerio de Comercio e Industrias , 0109. Superintendencia Nacional de Cooperativas. 0934. Departamento Nacional de Turismo. 0212. Oficina Nacional de Precios. 9574. Superintendencia de Sociedades Anónimas. Ministerio de Gobierno . 0039. Departamento de Seguridad. Ministerio de Justicia. 0200. Presidente de la Corte Suprema de Justicia. 0017. Presidente del Consejo de Estado. 0036. Procurador General de la República. 0059. Director del Instituto General de Medicina Lega] de Bogotá. 0238. Servicios Generales del Ministerio. 0039. Departamento de Detención, pena y Medidas de Seguridad. 0114. Juzgado de Menores, de Bogotá. Ministerio de higiene. 0015. Servicios Generales del Ministerio. 0067 y 0068. Instituto Nacional de Higiene Samper- Martínez 0274 y 0157. Instituto Carlos Finlay". 0224, 0165, 0226, 0128, 0260, 356, 0551 y 0282. Servicio Cooperativo Interamericano de Salubridad Pública. 031. Sanidad Portuaria de Barranquilla. Ministerio de Minas y Petróleos. Automóvil. Inspección de Petróleos "El Centro Automóvil. Inspección de Petróleos de Barrancabermeja Automóvil. Inspección de Petróleos del Catatumbo. Automóvil. Inspección de Petróleos "El Difícil". Automóvil. Inspección de Petróleos de "Yondó". Ministerio de agricultura Ganadería. 0217. -Dirección de la División Nacional de Agricultura. Ministerio de correos y telégrafos. 6556. Gerente de la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones. 5962. Gerente de Empresa Nacional de Telecomunicaciones. 2102. Transportes y Vigilancia de personal de la Estación "Santa Teresa". Empresa de Telecomunicaciones. Ministerio de Educación nacional. 0187. Director de la Radiodifusora Nacional. 6356. Escuela Industrial de Bogotá. Automóvil al servicio de la Escuela Normal de Varones, de Manizales. Automóvil, al servicio de la Escuela Normal de Varones, de Medellín.
Decreto 755 de 1949 →Vigente
Artículo 3
Continuarán Al Servicio De Los Ministerios Los Automóviles Que A Continuación Se Expresan; Ministerio De
Decreto 755 de 1949 · por el cual se reglamentan los artículos 17 y 18 de la Ley 141 de 1948.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.