Micelio

Artículo 1

Las Visitas Que Deben Practicar En La Intendencia Del Meta Los Visitadores Fiscales Del Departamento De Cundinamarca, Se Practicarán En Lo Sucesivo Por El Visitador Fiscal Del Departamento De Boyacá Y La Comisaría De Arauca

Decreto 953 de 1915 · Por el cual se modifica el número 93 de 1915

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las visitas que deben practicar en la Intendencia del Meta los Visitadores Fiscales del Departamento de Cundinamarca, se practicarán en lo sucesivo por el Visitador Fiscal del Departamento de Boyacá y la Comisaría de Arauca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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