º Las visitas que deben practicar en la Intendencia del Meta los Visitadores Fiscales del Departamento de Cundinamarca, se practicarán en lo sucesivo por el Visitador Fiscal del Departamento de Boyacá y la Comisaría de Arauca.
Decreto 953 de 1915 →Vigente
Artículo 1
Las Visitas Que Deben Practicar En La Intendencia Del Meta Los Visitadores Fiscales Del Departamento De Cundinamarca, Se Practicarán En Lo Sucesivo Por El Visitador Fiscal Del Departamento De Boyacá Y La Comisaría De Arauca
Decreto 953 de 1915 · Por el cual se modifica el número 93 de 1915
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.