º. Los Capitanes de aeródromos o aeropuertos, lo mismo que los encargados que se designen de acuerdo con el artículo 3º, usarán uniforme especial, en conformidad con el reglamento que dicte al respecto la Dirección General del ramo. El gasto que demanden estos suministros se imputarán al capítulo 36, artículo 433-A, extraordinarios e Imprevistos, del presupuesto de la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Decreto 1585 de 1940 →Vigente
Artículo 5
Los Capitanes De Aeródromos O Aeropuertos, Lo Mismo Que Los Encargados Que Se Designen De Acuerdo Con El Artículo 3º, Usarán Uniforme Especial, En Conformidad Con El Reglamento Que Dicte Al Respecto La Dirección General Del Ramo
Decreto 1585 de 1940 · reglamentario del artículo 57 de la Ley 89 de 1938, sobre policía de aeródromos y aeropuertos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.