Micelio

Artículo 13

Subdirección De Investigación Científica Y Tecnológica

Decreto 2774 de 2012 · por el cual se establece la estructura interna del Instituto Nacional de Salud - INS

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Investigación Científica y Tecnológica. Son funciones de la Subdirección Investigación Científica y Tecnológica, las siguientes

1.

Gestionar y desarrollar los proyectos de investigación básica y aplicada en salud pública.

2.

Coordinar la ejecución de los proyectos de investigación que hayan sido aprobados.

3.

Realizar investigaciones con diferentes enfoques para entender procesos y problemas específicos de salud y enfermedad, así como su impacto y posible aplicación en salud pública.

4.

Generar metodologías e información técnico-científica para intervenir en los eventos de interés en salud pública en el país.

5.

Desarrollar capacidad técnica, científica, investigativa y de infraestructura mediante la ejecución de proyectos de investigación en salud pública.

6.

Transferir conocimiento científico y tecnológico a la comunidad científica y a las diferentes entidades con el fin de promover la apropiación del conocimiento científico en salud pública y biomedicina.

7.

Apoyar los programas de formación científica y tecnológica en salud y biomedicina, en el marco de sus competencias.

8.

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza y competencias de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2774 de 2012