Micelio

Artículo 1

A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, La Estampilla De La Cruz Roja, De Que Trata La Ley 9ª De 1934, Deberá Colocarse Sobre Las Cartas Ordinarias Que Cursen Por Los Correos Nacionales Durante Un Mes, Que Se Determinará En Cada Año De Común Acuerdo Entre Le Ministerio De Correos Y Telégrafos Y La Sociedad Nacional De La Cruz Roja

Decreto 2828 de 1948 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 2468 de 19 de julio de 1948

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir de la fecha del presente Decreto, la estampilla de la Cruz Roja, de que trata la Ley 9ª de 1934, deberá colocarse sobre las cartas ordinarias que cursen por los correos nacionales durante un mes, que se determinará en cada año de común acuerdo entre le Ministerio de Correos y Telégrafos y la Sociedad Nacional de la Cruz Roja.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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