Micelio

Artículo 3

Ad Hoc

Ley 1 de 1873 · Sobre numeración i cita de las leyes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.º El número correspondiente a cada lei será puesto en el acto de ser sancionada, para lo cual se llevará un rejistro ad hoc en la Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1 de 1873