Obtención de Grados. Para obtener el grado de Subteniente en el Ejército, en el Cuerpo de Infantería de Marina y en la Fuerza Aérea, y Teniente de Corbeta en la Armada, salvo en el Cuerpo Administrativo, son requisitos indispensables haber cursado y aprobado los estudios reglamentarios en las Escuelas de Formación de Oficiales y ser propuestos por el Director o Comandante de la respectiva Escuela. Para obtener el grado de Cabo Segundo en el Ejército, en los Cuerpos de Infantería de Marina, Infantería de Aviación, Logístico y Administrativo en la Fuerza Aérea, de Marinero en la Armada, y de Suboficial Técnico Cuarto en la Fuerza Aérea, se requiere aprobar los correspondientes cursos en las Escuelas de Formación de Suboficiales o en las Unidades autorizadas para adelantarlos, y ser propuestos al efecto, por el Comandante de la respectiva Escuela o Unidad.
1° Exceptúense los Alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales y Suboficiales que sean enviados por el Gobierno en comisión, a adelantar estudios en Institutos Militares del exterior para obtener el primer grado en la carrera de Oficial o Suboficial, grado que les será reconocido para su ingreso al respectivo escalafón.
Los colombianos por nacimiento que hubieren servido en otras Fuerzas Militares o adelantado estudios en escuelas militares de países amigos o con los cuales se tuviere tratados o convenios de instrucción militar y hubieren obtenido en ellos grados militares podrán ingresar a las Fuerzas Militares Colombianas, previo el llenó de los requisitos que para tal efecto establezca el Gobierno.
Podrán ingresar al curso de Formación de Oficiales o Suboficiales en las respectivas Escuelas, los nacionales de otros países que sean aceptados por el Gobierno Nacional, a quienes se les conferirá el título de Oficial o Suboficial Honorario, previa aprobación del correspondiente curso.