ARTICULO 2o. Los funcionarios que fueren desvinculados del Ministerio de Salud por efectos de la supresión de los cargos, tendrán derecho al pago de las indemnizaciones o de las bonificaciones en los términos que tratan los artículos 95 a 112 del Decreto 2164 del 30 de diciembre de 1992, siempre y cuando se cumpla con los presupuestos legales establecidos para tal efecto.
Decreto 2666 de 1993 →Vigente
Artículo 2
O
Decreto 2666 de 1993 · Por el cual se suprimen unos cargos de la Planta de Personal del Ministerio de Salud.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.