Artículo único. Hácense en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso Los siguientes traslados: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Capitulo 44. Instrucción Normalista. Del artículo 168 bis. Para sostenimiento de dos escuelas normales en las capitales de Departamento que determine el Gobierno $ 10,000 Al Capitulo 43. Instrucción Profesional. Al artículo 158. Para sueldos del personal y material de la Facultad de Matemáticas c Ingeniería y para material del Observatorio Astronómico $ 10.000 Sumas iguales $ 10,000 10,000 Comuníquese y publíquese.
Decreto 688 de 1935 →Vigente
Artículo 168
Bis
Decreto 688 de 1935 · Por el cual se hacen unos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1935
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.