El ICFES verificará si los documentos presentados para obtener el reconocimiento de personería jurídica reúnen los requisitos formales, en cuyo caso procederá a tramitarla y a emitir su concepto ante el Ministro de Educación Nacional dentro de los dos (2) meses siguientes a la presentación de la solicitud. Si la documentación no llenare los requisitos formales, el ICFES procederá a devolverlos al interesado con indicación de las deficiencias observadas, dentro de los ocho (8) días siguientes a la recepción de la solicitud.
Decreto 1073 de 1980 →Vigente
Artículo 12
El Icfes Verificará Si Los Documentos Presentados Para Obtener El Reconocimiento De Personería Jurídica Reúnen Los Requisitos Formales, En Cuyo Caso Procederá A Tramitarla Y A Emitir Su Concepto Ante El Ministro De Educación Nacional Dentro De Los Dos (2) Meses Siguientes A La Presentación De La Solicitud
Decreto 1073 de 1980 · Por el cual se reglamenta el régimen de las instituciones no oficiales de educación superior y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.