°. Cuando el instrumento es pagadero en un banco, la presentación para el pago debe hacerse durante las horas bancarias, a menos que la persona que deba pagar no tenga allí fondos en cualquier momento durante el día, y en este caso es suficiente la presentación a cualquiera hora de ese día antes que el banco cierre sus oficinas.
Si durante las horas bancarias de un día que no sea feriado de acuerdo con la ley, el banco tuviere cerrada la oficina donde ordinariamente se le presentan para el pago los instrumentos negociables, el tenedor del instrumento pagadero en ese día podrá protestarlo como rechazado por no pago.